El juez nacional de medidas cautelares y la tutela del orden público y del interés público de la Unión Europea

Autores/as

  • Carlos J. Moreiro González

DOI:

https://doi.org/10.18042/cepc/rdce.54.02

Palabras clave:

Jurisprudencia del Tribunal de Justicia, Medidas cautelares, Orden público de la UE, Interés público de la UE, Efecto útil, Tutela judicial efectiva, Derecho de la competencia, Protección de los consumidores, Protección del interés del menor

Resumen

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido durante los últimos años una jurisprudencia mediante la cual refuerza la función esencial de los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros como jueces ordinarios del derecho de la Unión, al atribuirles ciertas potestades para la adopción de medidas cautelares cuando esté en juego la tutela del orden público y del interés público de la Unión Europea. 
Se trata de un fenómeno novedoso por cuanto agrava el deber de diligencia que corresponde al juez nacional de medidas cautelares, ya que, junto con la obligación de garantizar el efecto útil de las disposiciones y principios de que se trate, tiene así mismo la obligación de evitar que se violen dichas disposiciones y principios, dado que son elementos fundamentales del sistema jurídico de la Unión Europea y deben de protegerse íntegramente en todo el territorio de sus Estados miembros. 
El conjunto de decisiones relevantes del Tribunal de Justicia que articula el régimen de la mencionada atribución de la potestad cautelar a favor de los jueces nacionales se caracteriza por su dinamismo, su elevada precisión técnica y porque suele tener un cierto componente didáctico.
Esta doctrina tiene un común denominador que preserva el equilibrio entre la necesaria protección del efecto útil del derecho de la Unión y el respeto a la autonomía del juez nacional que debe garantizar el ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva.

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