Contenido principal del artículo

Marcela Moreno Buján

El presente artículo visibiliza el uso de la mediación y las prácticas reconciliatorias (PRs) para tratar los conflictos sociales de forma autocompositiva en distintas culturas. La identificación de estos procesos, de forma diacrónica, es posible al aplicar una perspectiva antropojurídica y sociojurídica (PAS) al fenómeno de estudio. Esto por cuanto es frecuente analizarlos desde un abordaje técnico-jurídico disciplinar, lo cual descuida los contextos: social, histórico, cultural, político y plurijurídico en los cuales también pueden verse inmersos estos procesos.


Adoptar el paradigma antropojurídico enunciado por Merry, permite separarse de la forma jurídica heterocompositiva hegemónica (el juicio) para intervenir los conflictos sociales. También, habilita la percepción de las disputas desde una concepción dinámica e influenciable por los cambios sociales.


Así, se analizarán los procesos mencionados desde la PAS. Lo cual permite considerar como mediadores efectivos a aquellos neutrales que tienen la habilidad de trabajar con las partes de manera transcultural. La PAS habilita entrever en los procesos autocompositivos, las experiencias, motivaciones, razones y patrones de conducta presentes en la disputa, sobrepasando los límites culturales para arribar a un espacio de entendimiento recíproco. Este abordaje conlleva un claro acceso a la justicia con perspectiva multicultural y plurijurídica. 

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.
Moreno Buján, M. (2021). Evolución antropojurídica y sociojurídica de la mediación y las prácticas reconciliatorias: Una mirada desde distintas culturas y costumbres a partir de la perspectiva del pluralismo jurídico. Anuario Iberoamericano De Derecho Internacional Penal, 8(8), 1-36. https://doi.org/10.12804/revistas.urosario.edu.co/anidip/a.10225 (Original work published 10 de febrero de 2021)

Armendáriz García, L. (2004). El Proceso Organizativo del Pueblo ROM de América: Un Camino para ser Visibles. En Ú. Oswald Spring (Ed.), Resolución Noviolenta de Conflictos en Sociedades Indígenas y Minorías (pp. 159-171). Tlaxcala, México: Colegio de Tlaxcala A.C., UAEM y CLAIP.

Arvelo Jiménez, N. (1990). Organización Social, Control Social y Resolución de Conflictos. Bases para la Formulación y Codificación del Derecho Consuetudinario Ye´kuana. En R. Stavenhagen y D. Iturralde (Eds.), Entre la Ley y la Costumbre. El Derecho Consuetudinario Indígena en América Latina (pp.95-115). Ciudad de México, México: Instituto Indigenista Interamericano e Instituto Interamericano de Derechos Humanos.

Ballón Aguirre, F. (1990). Sistema Jurídico Aguaruna y Positivismo. En R. Stavenhagen y D. Iturralde (Eds.), Entre la Ley y la Costumbre. El Derecho Consuetudinario Indígena en América Latina (pp. 117-139). Ciudad de México, México: Instituto Indigenista Interamericano e Instituto Interamericano de Derechos Humanos.

Beattie, J. H. M. (1959). Neighbourliness in Bunyoro. MAN: Journal of the Royal Anthropological Institute of Great Britain and Ireland, 59, 83-84.

Bennett, T. W. (2011). Ubuntu: An African Equity. Potchefstroom Electronic Law Journal, 14(4), 30-61.

Black Elk (1863-1950). The True Peace. Native American Wisdom: Words of Wisdom from Black Elk-Oglala Sioux. Recuperado de: http://www.firstpeople.us/FP-Html-Wisdom/BlackElk.html

Bloom, I. (s.f.). Introduction to Confucian Thought. Nueva York, EE. UU.: Asia for Educators. An Iniciative of Weatherhead East Asian Institute at Columbia University. Recuperado de: http://afe.easia.columbia.edu/special/china_1000bce_confucius_intro.htm

Caram, M. E., Eilbaum, D. T. y Risolía, M. (2010). Mediación. Diseño de una Práctica. Buenos Aires, Argentina: Librería Histórica.

Cárcova, C. M. (2006). La Opacidad del Derecho. Madrid, España: Editorial Trotta.

Chenaut, V. (1990). Costumbre y Resistencia Étnica. Modalidades entre los Totonaca. En R. Stavenhagen y D. Iturralde (Eds.), Entre la Ley y la Costumbre. El Derecho Consuetudinario Indígena en América Latina (pp. 155-190). Ciudad de México, México: Instituto Indigenista Interamericano e Instituto Interamericano de Derechos Humanos.

Cohen, J. A. (1966). Chinese Mediation on the Eve of Modernization. California Law Review, 54(3), 1201-1226.

De Sousa Santos, B. (2009). Sociología Jurídica Crítica. Para un Nuevo Sentido Común en el Derecho. Bogotá, Colombia: Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos.

Folberg, J. y Taylor, A. (1996). Mediación. Resolución de Conflictos sin Litigio. Ciudad de México, México: Editorial Limusa.

Funken, K. (2002). Comparative Dispute Management: Court-connected Mediation in Japan and Germany. German Law Journal, 3(2). DOI: https://doi.org/10.1017/S2071832200014759.

Gibbs, J. L. (1963). The Kpelle Moot: A Therapeutic Model for the Informal Settlement of Disputes. Africa: Journal of the International African Institute, 33(1), 1-11.

Gioja, A. L. (1973). Ideas para una Filosofía del Derecho. Tomo II. Buenos Aires, Argentina: Sucesión de Ambrosio L. Gioja.

Griffiths, J. (1986). What is Legal Pluralism?. Journal of Legal Pluralism and Unofficial Law, 18(24), 1-55.

Haley, J. O. (1978). The Myth of the Reluctant Litigant. Journal of Japanese Studies, 4(2), 359-390.

Kolb, D. M. y Rubin, J. Z. (1997). La Mediación a través de un Prisma Disciplinario. En S. Rozenblum de Horowitz (Ed.), Mediación. Una respuesta Interdisciplinaria (pp. 39-78). Buenos Aires, Argentina: Editorial Universitaria de Buenos Aires (EUDEBA).

Lubman, S. (1967). Mao and Mediation: Politics and Dispute Resolution in Communist China. California Law Review, 55(5), 1284-1359.

Macaulay, S. (1987). Presidential Address: Images of Law in Everyday Life: The Lessons of School, Entertainment, and Spectator Sports. Law & Society Review, 21(2), 185-218.

Menchú, R. (2004). Culturas Indígenas, Cosmovisión y Futuro. En Ú. Oswald Spring (Ed.), Resolución Noviolenta de Conflictos en Sociedades Indígenas y Minorías (pp. 49-61). Tlaxcala, México: Colegio de Tlaxcala A.C., UAEM y CLAIP.

Merry, S. (1987). Disputing Without Culture. Harvard Law Review, 100(8), 2057-2073.

Merry, S. (1988). Legal Pluralism. Law and Society Review, 22(5), 869-896.

Metoui, J. (2007). Returning to the Circle: The Reemergence of Traditional Dispute Resolution in Native American Communities. Journal of Dispute Resolution, 2007(2), 517-539.

Moreno Buján, M. (2015). La Participación de las Niñas, Niños y Adolescentes en los Procesos de Mediación y Reconciliación. Análisis de Dos Realidades Sociojurídicas: Argentina y Costa Rica (tesis doctoral). Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA), Buenos Aires, Argentina.

Moreno Buján, M. (2016). Análisis de los conceptos de Reconstrucción, Resolución y Reconciliación desde los postulados de la Escuela TRANSCEND de Investigación para la Paz. Revista Latinoamericana de Derechos Humanos, 27(1), 33-55.

Moreno Buján, M. (2019). La Dimensión Sociopolítica del Movimiento de la Resolución Alternativa de Conflictos (RAC). Revista IUS Doctrina, 12(2), 1-27.

Polo Figueroa, N. (2017). La palabra en la cultura wayúu. Cuadernos de Lingüística Hispánica, (30), 43-54.

Rojas Venegas, C. A. (2004). Kriss Romani: Sistema Jurídico Transnacional y Desterritorializado del Pueblo ROM. En Ú. Oswald Spring (Ed.), Resolución Noviolenta de Conflictos en Sociedades Indígenas y Minorías (pp. 173-187). Tlaxcala, México: Colegio de Tlaxcala A.C., UAEM y CLAIP.

Sivell-Ferri, C. et al. (1997). The Four Circles of Hollow Water. Aboriginal Peoples Collection. Ottawa, Canadá: Ministry of the Solicitor General.

UNESCO, Comité Intergubernamental para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial (2010), Resolución ITH/10/5.COM/CONF.202/6. Quinta sesión, celebrada del 15 al 19 de noviembre del 2010 en Nairobi, Kenya. Recuperado de: https://ich.unesco.org/doc/src/ITH-10-5.COM-CONF.202-6-EN.pdf

Upham, F. K. (1978) Litigation and Moral Consciousness in Japan: An Interpretive Analysis of Four Japanese Pollution Suits. Law & Society Review, 10(4), 579-619.

Vidal, A. M. (1990). Derecho Oficial y Derecho Campesino en el Mundo Andino. En R. Stavenhagen y D. Iturralde (Eds.), Entre la Ley y la Costumbre. El Derecho Consuetudinario Indígena en América Latina (pp. 141-153). Ciudad de México, México: Instituto Indigenista Interamericano e Instituto Interamericano de Derechos Humanos.

Von Savigny, F. K. (2008). De la vocación de nuestro siglo para la legislación y para la ciencia del derecho. Granada, España: Editorial Comares.

West, A. (2014). Ubuntu and Business Ethics: Problems, Perspectives and Prospects. Journal of Business Ethics, 121(1), 47-61.

Zaffaroni, E. R. (2012). Crímenes de Masas, Buenos Aires, Argentina: Ediciones Madres de Plaza de Mayo.

Zion, J. W. y Bluehouse, P. (1993). Hozhooji Naat'aanii: The Navajo Justice and Harmony Ceremony. Mediation Quarterly, 10(4), 327-337.

Detalles del artículo